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Analizando la actualidad: Despido de un trabajador que inició una incapacidad temporal durante el periodo de prueba

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha condenado a la empresa pública de Transformación Agraria (Tragsa) a readmitir a un trabajador despedido por no superación del periodo de prueba, así como a abonarle los salarios que dejó de percibir, tras la declaración de la nulidad de su despido por discriminación por razón de enfermedad.

En este caso, el TSJ tuvo en cuenta que la empresa comunicó al trabajador el fin de su contrato pocos días después de que el trabajador iniciaría una situación de incapacidad temporal (IT).

Por otro lado, el TSJ balear ha reprochado el razonamiento alcanzado en la sentencia por el juzgador a quo, que inicialmente desestimó la demanda de nulidad por entender que para apreciar la existencia de discriminación por razón de la enfermedad era necesario que se probase que la empresa actuó de manera distinta ante otra situación igual.

En este sentido el TSJ ha concluido que “cuando de lo que se trata es de abordar un supuesto de posible discriminación no debe buscarse la comparativa con otro supuesto igual al que se haya dado un trato diferenciado, sino la existencia de un trato peyorativo por la pertenencia a un determinado grupo social, en nuestro caso las personas que por razón de su enfermedad se ven privadas, aunque sea transitoriamente, de su capacidad laboral”.

“El hecho, en fin, de que el posible trato discriminatorio se haya dado por igual a todos los trabajadores no excluye que tal trato pueda calificarse de discriminatorio por alguna de las causas previstas en el apartado 1 del art. 2 de la Ley 15/2022, entre las que se encuentra la enfermedad o condición de salud”.

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